“Condenado un vendedor a devolver 5.000€ a mis clientes por incumplir un contrato de arras”

Abogado Juan ZarzaConoce tus derechos Deja un comentario

El Tribunal de Instancia de Sevilla estima íntegramente la demanda y condena a los vendedores a abonar 5.000 euros, intereses y costas tras desistir de una compraventa inmobiliaria en la que existían arras penitenciales conforme al artículo 1454 del Código Civil.

SECCIÓN CIVIL Y DE INSTRUCCIÓN DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE (…) Plaza nº X

Tipo y número de procedimiento: Juicio verbal /2026 Materia: Contratos en general

Parte demandante: D.ª

Abogado: Juan Zarza

Parte demandada: D. XXXXXXXX y D.ª XXXXXXXX

Representación procesal: XXXXXXXX

SENTENCIA Nº x/2026

En Sevilla, a X de mayo de 2026.

Vistos los presentes autos de juicio verbal seguidos a instancia de la parte actora contra la parte demandada sobre reclamación de cantidad derivada de contrato de arras penitenciales, se dictan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La parte actora presentó demanda de juicio verbal solicitando la condena de la parte demandada al pago de 5.000 euros, más intereses legales y costas, al considerar incumplido el contrato de arras suscrito entre las partes.

SEGUNDO.- La parte demandada se opuso alegando, en síntesis, que las arras eran confirmatorias y que la cantidad entregada había sido abonada a través de intermediaria inmobiliaria.

TERCERO.- Celebrada la vista, las partes se ratificaron en sus respectivos escritos y se practicó la prueba admitida.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- La controversia se centra en determinar la naturaleza jurídica de las arras pactadas y las consecuencias derivadas del desistimiento de la operación inmobiliaria por parte de la vendedora.

SEGUNDO.- Del contrato suscrito entre las partes resulta expresamente la remisión al artículo 1454 del Código Civil, estableciéndose que, en caso de incumplimiento imputable a la parte vendedora, ésta deberá devolver doblada la cantidad entregada en concepto de arras.

Asimismo, quedó acreditado que la parte demandada desistió de la operación antes del otorgamiento de escritura pública, frustrando el éxito de la compraventa pactada.

La resolución destaca que las cláusulas contractuales eran claras y precisas, y que la conducta de la parte vendedora reveló inequívocamente su voluntad de apartarse del contrato.

En consecuencia, procede estimar íntegramente la demanda y condenar a la parte demandada al abono de la cantidad reclamada.

TERCERO.- Los intereses legales deberán devengarse desde la interpelación judicial hasta el completo pago, así como los previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

CUARTO.- Las costas procesales se imponen a la parte demandada.

FALLO

Que ESTIMANDO íntegramente la demanda interpuesta por la parte actora frente a la parte demandada:

PRIMERO.- Condeno a la parte demandada a abonar solidariamente a la parte actora la cantidad de CINCO MIL EUROS (5.000 €).

SEGUNDO.- Condeno igualmente al pago de los intereses legales correspondientes.

TERCERO.- Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo legalmente previsto.

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