



Gracias a la Diputación Provincial de Huelva, con la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa Provincial por el Tratamiento y Eliminación de Residuos Sólidos Urbanos.
Una medida presentada bajo la idea de que “quien más contamina, más paga”. Sin embargo, nada más lejos de la realidad cuando dentro de una misma categoría se aplican criterios que no reflejan de forma real cuánto residuo genera cada actividad.
La regulación diferencia por sectores, pero no siempre atiende de forma real a las enormes diferencias que pueden existir dentro de una misma categoría. No genera los mismos residuos cualquier oficina, cualquier comercio o cualquier establecimiento incluido dentro de un mismo grupo.
Dentro de una misma clasificación pueden convivir actividades con una producción de residuos muy distinta y, sin embargo, soportar una carga muy similar. Esa falta de mayor precisión puede terminar creando situaciones de desigualdad, especialmente para quienes apenas generan residuos.
Además, se introduce una importante subida de la cuota base en función del tramo de valor catastral del inmueble que resulte aplicable, cuota que posteriormente se multiplica por el coeficiente correspondiente a la categoría o grupo en el que se encuadre cada actividad.
En el caso que mostramos, hablamos de una oficina que apenas genera residuos y cuyo recibo pasa de 74,57 € a 246,01 €, es decir, se multiplica por 3,3 en un solo año.
Adaptarse a la normativa no debería significar aplicar un sistema que trate de forma prácticamente idéntica realidades muy distintas. Un verdadero avance debería distinguir de manera más precisa quién genera más residuos y quién apenas genera.
Desde Abogados Juan Zarza hemos presentado un recurso contra esta liquidación, porque entendemos que una subida de esta magnitud debe estar perfectamente justificada, explicada y ajustada a Derecho.
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